Se trata de la Ley Nº 13.548 que obtuvo sanción definitiva el pasado jueves 30 de junio de este año.

Hoy, precisamente, en el transcurso de la mañana, el autor de la norma, Rodrigo Borla, estuvo en la localidad de Colonia Dolores reunido con su Presidente Comunal, Raúl Yausi.

En la oportunidad, más allá de hablar sobre la importancia y la trascendencia de esta Ley, el legislador y el titular de la Comuna trataron temas referentes a proyectos que están en desarrollo y otros con vistas a ejecutarse en esa población ubicada al noreste del departamento San Justo.

SOBRE COLONIA DOLORES: FUNDAMENTOS DEL PROYECTO QUE YA ES LEY.

La Constitución Nacional señala en su Artículo 75, inciso 17: «Corresponde al

Congreso reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconoce la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regulan la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas serán enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones».

En nuestra provincia se sanciono la Ley nº 11078 que regula las relaciones colectivas e individuales de las comunidades aborígenes de la provincia.

Reconoce su propia organización y su cultura, propiciando su efectiva inserción social.

A los fines de esta Ley se entienden por comunidad aborigen al conjunto de personas que se reconozcan como tales, con identidad, cultura y organización propia, conserven normas y valores de su tradición, hablen o hayan hablado una lengua propia y tengan un pasado histórico común, sea que convivan nucleados o dispersos, en zonas rurales o urbanas.

La Comuna de Colonia Dolores, se origina a partir de la Comunidad aborigen existente en el lugar, desde tiempo inmemorial; con la sanción por la Legislatura de Santa Fe de la Ley provincial Nº 11215, en Noviembre de 1994, donde es creada la Comuna de Colonia Dolores, y convirtiéndose de esa manera en el primer municipio aborigen del Pueblo Mocoví en la Argentina.

El hecho de ser la Comuna una Comunidad aborigen es la principal característica de la misma. Colonia Dolores cuenta, según el censo de 1991, con una población estable de 480 habitantes, de los cuales, la mayoría (mas del 85 %) son aborígenes mocovíes. Según dicho censo, el municipio cuenta con 68 viviendas en la planta urbana y 29 en la zona rural.

En materia institucional existen en la localidad los siguientes organismos:

Escuela Fiscal Nº 430, de 3a. categoría, que cuenta con 135 alumnos primarios, y Jardín de Infantes. También cuenta con comedor escolar, al que asisten la mayoría de los niños de la localidad, siendo esto de gran ayuda. A partir del año 2008 cuenta con Escuela Secundaria que existe en la comunidad con una matrícula considerable, dado que se ha comenzado con 50 alumnos, manteniéndose en la actualidad.

Centro Comunitario de Salud y Acción Social, dependiente del Ministerio de Salud y Acción Social de la provincia, de 6a. categoría, quien es encargado de prestar atención primaria de salud. Este Centro cuenta con dos enfermeras y un médico atiende dos veces por semana dependiente del SAMCO de Gobernador Crespo.

Junta de Vecinos de Colonia Dolores, fundada el 23 de junio de 1990, entidad civil que cuenta con Personería Jurídica provincial, y representó, antes de la creación de la Comuna, los intereses de la comunidad.

También existen la localidad un Destacamento Policial, con tres agentes de servicio; una Estafeta Postal, dependiente de Correo Argentino; y la Parroquia Santo Cristo, fundada en 1904.

En materia de servicios la comunidad cuenta con servicio de energía eléctrica provisto por la EPE, con una red de distribución urbana y rural. También cuenta con un servicio de Teléfonos, provisto por Telecom, y atendido por la Comuna.

Existe en la planta urbana una red de agua potable domiciliaria, alimentada de una perforación existente en el pueblo, y que cuenta con un tanque y una bomba. El agua potable, fue instalada en 1990, y se encargó de prestar el servicio la Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos, Sociales,

Asistenciales, Educativos, Vivienda y Consumo «Ve Raquie Vag Hiac» (Personería Jurídica Nº 15691/94, otorgada por Resolución Nº 1639 del Instituto Nacional de Acción Cooperativa), hasta julio de 1996, en donde por Ordenanza Nº 13/96 la prestación del servicio fue asumida por la Comuna de Colonia Dolores.

En la localidad hay además, una Sala Velatoria, una Plaza Pública con Parque Infantil, una Cancha de Futbol, varias canchas de bochas, y un Centro de

Atención Familiar. Existen además varios comercios como almacenes, puestos de ventas de pan y verduras, carnicerías y bares.

La actividad económica principal del municipio es la actividad agropecuaria. En este sentido, en la zona rural, existen numerosos establecimientos, que se dedican a la ganadería principalmente, y la agricultura (cultivos de algodón, soja y sorgo), como a la explotación forestal a baja escala. También existen dos ladrillerías.

En relación a la comunidad aborigen, que cuenta con niveles de pobreza estructural, la población económica activa de la misma, realiza mayoritariamente «changas» en las actividades rurales *cosechas, tareas de desmonte para renuevo, apicultura, y otras actividades en forma temporaria).

También, algunos jefes de familia, realizan trabajos como mano de obra especializada (albañiles, carpinteros y otros oficios), en la vecina localidad de Gobernador Crespo. Existen también algunos artesanos indígenas, quienes comercian sus productos artesanales en la vecina localidad de Gob. Crespo. Estas actividades se complementan con la realización en sus lotes de huertas y pequeñas chacras para subsistencia, cría de animales para consumo, y la caza y pesca en forma tradicional en los montes y arroyos y lagunas existentes en el distrito.

El hecho de ser Colonia Dolores, una comunidad aborigen, la problemática de la misma, tiene raíces muy profundas, y se origina a partir del choque generado en el encuentro entre los aborígenes del Pueblo Mocoví y los «dokölek» o blancos, ya en la época de la colonia española, como en la posterior etapa independiente de la Argentina. Luego de la ocupación espacial de los territorios tradicionales de los aborígenes chaqueños por las fuerzas militares de Argentina a fines del siglo pasado, Colonia Dolores, debió soportar la masacre de varias de sus integrantes, y su posterior asimilación cultural a la «sociedad nacional».

El Pueblo de Colonia Dolores, cuna indiscutible de los auténticos aborígenes, ancestros únicos de la raza Mocoví, enraizada en las más nobles costumbres milenarias, que con su lucha, sacrificio y coraje fueron jalonando la tierra para dejar generaciones actuales de hombres y mujeres.

De acuerdo a lo manifestado es con justicia una revalorización de la cultura de los Pueblos Originarios y habitantes de la indomable raza aborigen ratificada por el Estado Nacional que dice «las aspiraciones de los pueblos aborígenes a asumir el control de sus propias instituciones y forma de vida y de su desarrollo económico y a mantener y a fortalecer sus identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los estados en que viven».

«Recordando la particular contribución de los pueblos aborígenes a la diversidad cultural, a la armonía social y ecológica de la humanidad y a la cooperación y comprensión internacionales…»

El proyecto de Ley dispone el «reconocimiento de Comuna de Colonia Dolores como «COMUNA ABORIGEN», en cuanto al respecto de la identidad de la comuna aborigen urbana en su jurisdiccionalidad…»

Como asimismo la utilización en todos sus actos como Comuna de pueblo originario Colonia Dolores.

Prensa Borla.

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