RODRIGO BORLA GESTIONA ANTE LA PROVINCIA LA INSTALACION EN SAN JUSTO DE UN CENTRO DE REVISION TECNICA VEHICULAR.

Para ello, el Senador Provincial por el departamento San Justo presentó un Proyecto de Comunicación en la sesión de la Cámara Alta que se llevó a cabo el último jueves del mes de abril.

En el mismo, Borla solicita que el Poder Ejecutivo, a través del organismo correspondiente designe a la ciudad de San Justo sección administrativa para la instalación de un Centro de Revisión Técnica Vehicular.

FUNDAMENTOS DEL PROYECTO.

En la provincia de Santa Fe se estableció con carácter de obligatoriedad la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) a todos los automotores de una antigüedad mayor a 3 años radicados en su jurisdicción, en la gestión y control del proceso que lo involucra, y autoriza el funcionamiento de Centros de Revisión Técnica a través de la Ley Provincial Nº 11.583.

La ley mencionada en su artículo 7 establece que el Poder Ejecutivo Provincial delegará la misma por convenios con Municipalidades y Comunas de la Provincia. Podrán hacerlo en forma individual o a través de convenios interjurisdiccionales.

Asimismo, concesionar a terceros la prestación de los servicios siguiendo sus propias normas legales, o formalizar convenios con instituciones de educación técnica reconocidas oficialmente. Las exigencias para los talleres, el registro de los mismos y la idoneidad técnica de sus responsables se establecerá por reglamentación, unificando un criterio para toda la Provincia.

En los casos en que las Municipalidades y Comunas no cumplan los requisitos básicos exigidos por la reglamentación, la revisión técnica obligatoria será ejercida por el Poder Ejecutivo Provincial.

Como así también la ley 13.133 en su artículo 45 establece el Sistema de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria de jurisdicción provincial, para todos los vehículos automotores, motovehículos, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública, de uso particular, comercial y oficial, y de transportes de pasajeros y de cargas, y de conformidad con las previsiones establecidas por Ley Nº 24.449 y su Decreto Reglamentario Nº 779/95, y demás previsiones de la normativa provincial y Decreto Reglamentario Nº 2311/99, con excepción de los vehículos que presten servicio de transporte de naturaleza interjurisdiccional.

Este proceso implica la necesidad de planificar y regular la instalación y funcionamiento de nuevos Centros de Revisión Técnica en todo el territorio provincial.

Para la cantidad y localización de los Centros de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria, se atendió criterios de sustentabilidad económica, y se considera la menor realización de viajes posibles.

Si tomamos este criterio el desplazamiento que deben realizar los vehículos que se encuentran radicados en el departamento San Justo deben trasladarse hasta 190 Km. a la ciudad de Santa Fe o Reconquista, como centro más cercano, siendo ello muy perjudicial sobre todo para los trabajadores que se encuentran privados de medios que le permitan realizar el servicio, teniendo en cuenta que según el registro de propiedad automotor hay aproximadamente

20.000 automotores.

Proyecto de Comunicación en Archivo – CLICK AQUI

Prensa Borla.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *