De acuerdo a datos estadísticos recientes (luchemos.org.ar), después de la Provincia de Buenos Aires, en el país Santa Fe secunda hasta el momento el triste índice en cuanto a cantidad de víctimas fatales en accidentes de tránsito.

Teniendo en cuenta ello y otros parámetros, se encuentra en la legislatura de la Provincia un proyecto de ley del Senador Rodrigo Borla con media sanción que propone la creación de un programa provincial de asistencia a las víctimas de accidentes viales.

El mismo, tiene por brindar ayuda, orientación y asistencia gratuita a las víctimas de accidentes viales, mediante equipos profesionales interdisciplinarios idóneos, con el fin de minimizar los efectos negativos del accidente y promover su reincorporación plena a la vida en comunidad.

A los fines de la presente ley entiéndase por Víctimas de Accidentes Viales a:

a) Todas las personas directamente afectadas por un accidente vial, entendido en los términos del artículo 64 de la ley nacional N° 24449; y

b) Los padres e hijos de la víctima, su cónyuge o conviviente, los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o por adopción, o segundo de afinidad y sus representantes legales.

FUNCIONES DEL PROGRAMA:

a) Abrir un canal de comunicación gratuito e inmediato con las víctimas y afectados por los accidentes de tráfico;

b) Brindar asistencia terapéutica a la víctima disminuyendo la alteración síquica y social;

c) Brindar asesoramiento jurídico básico desde el primer momento del accidente a las víctimas;

d) Posibilitar el conocimiento de sus derechos y responsabilidades;

e) Aminorar la desestabilización económica que el siniestro vial produce a la víctima de estos sucesos;

f) Asegurar la reinserción social y laboral;

g) Garantizar los servicios de salud y funerarios;

h) Llevar una estadística anual de los decesos e incapacidades; y

i) Coordinar acciones con organismos estatales y no gubernamentales de apoyo asistencial.

LÍNEA GRATUITA: A través de la línea gratuita del Servicio de Emergencias y Traslado de la Provincia de Santa Fe (107) se debe brindar asesoramiento jurídico básico y asistencia psicosocial a las víctimas, atendida por profesionales especializados.

EQUIPO INTERDISCIPLINARIO: A los fines del cumplimiento del Programa se debe constituir un equipo interdisciplinario integrado por médicos, psicólogos, abogados y asistentes sociales especializados en la temática para el estudio y abordaje integral de la asistencia a la víctima de accidentes viales.

GUÍA DE ORIENTACIÓN: La Autoridad de Aplicación debe diseñar y editar una Guía de Orientación, asegurando que en todos los centros hospitalarios de la Provincia se informe de las actuaciones más urgentes y prioritarias que quien sufre un accidente debe llevar a cabo.